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EL SUELDO DEL ALCALDE DE EHBILDU DEL AYUNTAMIENTO DEL VALLE DE ESTERIBAR

46.000 EUROS ANUALES

A COSTA DE LAS ARCAS MUNICIPALES DEL VALLE

Aclaremos primero algo: Ningún alcalde de Esteribar ha costado nunca a este ayuntamiento 46.000 €* al año, que es lo que nos está costando el Sr. Gastesi.

Por lo que hemos podido ver, según el panfleto de Bildu, todos los concejales del Ayuntamiento cobraron sus dietas (menos uno de la Agrupación Electoral por Esteribar),  incluidos sus compañeros de Bildu que estaban integrados en NaBai, aunque bien podían haber dicho que ellos no querían cobrar.

Eso sí en su programa electoral de 2011 proclamaban que los concejales debían trabajar sin recibir remuneración alguna, lo que se les ha olvidado en cuanto han llegado al gobierno municipal… ¡Qué mala memoria!

 

Así el sueldo para el alcalde es de 34.137 euros en 14 mensualidades, más 11.000 para la seguridad social. Total 45.137 anuales a costa de las arcas del ayuntamiento, o sea con dinero que es de todos.
El tema del sueldo del alcalde y posterior partida presupuestaria para su seguridad social se pueden ver respectivamente en las siguientes entradas del blog

Pleno del 24 de septiembre de 2015 (En la página 19 del Acta del pleno 30 de julio 2015)
Se puede comprobar que hay una partida de 34200 euros en concepto de retribuciones de corporativos, que en realidad es la retribución del alcalde camuflada y que por supuesto no contó con nuestro apoyo aunque sí con el del resto de los grupos, por lo que fue aprobada.

Pleno 29 de octubre de 2015
 (En la página 13 del acta del pleno 24 de septiembre de 2015)
Partida presupuestaria de 11.000 euros en concepto de seguridad social a corporativos, que es la seguridad social del alcalde

 

Las partidas son diferentes porque dijo que al ser funcionario su seguridad social le correspondería pagar a la administración pública, posteriormente se vio que no era así y se incluyó como una nueva partida.

 

Nota aclaratoria para consultar las actas: Independientes de Esteribar publicamos en este blog el acta una vez aprobada y no antes, por lo que siempre el acta corresponde al pleno anterior.